viernes, abril 25, 2014

Devolución online del céntimo sanitario

A raiz de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia Europeo que declaró ilegal el Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, popularmente conocido como el "céntimo sanitario", se ha abierto el plazo para solicitar la devolución del impuesto. Dicho trámite puede realizarse íntegramente desde la web de la Agencia Tributaria y para ello es necesario tener en cuenta las siguientes


CONSIDERACIONES PREVIAS


¿A qué periodo afecta?
Desde los cuatro años anteriores a la presentación de la solicitud y hasta el 31/12/2012 ya que a partir de entonces se reformó el impuesto.

¿Cuánta cantidad supone?
Para los carburantes de automoción era una cantidad fija de 2,4 céntimos/litro para toda España que se correspondía con el tramo estatal del impuesto y adicionamente había un tramo autonómico desde 1 hasta 4,8 céntimo/litro según la comunidad autónoma si lo aplicó.

¿Y aplica al gasóleo agrícola (B) o de calefacción (C)?
El tramo estatal si, pues el impuesto era de 0,6 céntimos/litro.Y el tramo autonómico también fue aplicado durante algún tiempo en algunas comunidades aunque siempre en menor cuantía que para los combustibles de automoción.

¿Puede solicitarlo un particular? ¿y una comunidad de vecinos?
Puede reclamarlo todo aquel que fuese el consumidor último del carburante y por tanto conste como titular de las facturas acreditativas.

¿Qué documentación es necesaria?
La factura, cuya emisión puede ser solicitada a partir de los tickets.

¿Cuáles son los requisitos para hacer la solicitud por internet?
Disponer de certificado digital y de los escaneos de las facturas.



(introduciendo datos manualmente)

Si cualquiera de los siguientes campos no se rellena correctamente, en el paso final el sistema nos devolverá un error y nos obligará a volver a cumplimentar todo el formulario.

Identificación del solicitante: Apellidos y nombre
Debe de escribirse tal cual está recogido en los datos censales de la Agencia Tributaria y aparece en los datos del certificado digital. Así por ejemplo, un solicitante que se llame Pedro del Río puede ser que se considere que tiene por nombre "Pedro del" y "Río" por apellido. Si este campo provoca un error en la validación final, la web responderá con un equívoco "el NIF de solicitante es erróneo".

Persona o entidad que repercutió el IVMDH: NIF
Se trata del NIF del emisor de la factura y por tanto de tener documentos de distintos emisores habrá que hacer una solicitud para cada uno. Al validar el formulario se comprueba que este NIF conste registrado.

IBAN y SWIFT
Pueden obtenerse a partir de la numeración convencional de las cuentas desde www.ibancalculator.com 

Suministros objeto de solicitud
CCAA: comunidad autónoma de emisión de la factura, que se indica con unos códigos numéricos que se consultan desde el botón que está al lado del campo.
Fecha factura: no podrá ser anterior a 4 años atrás desde la fecha de hoy, se consigna en formato dd-mm-aaaa con posibilidad de señalarlo desde un calendario que abre el botón adjunto.
Importe factura: el importe final de la factura incluyendo el IVA, e independientemente de que incluya otros conceptos.
Producto: código numérico que se consulta desde el botón según se trate de gasolina (1), gasóleo de automoción (2), gasóleo agrícola o de calefacción (3), etc.
Cantidad: litros del combustible del producto seleccionado. Si una factura incluye dos combustibles distintos se cumplimentarán por tanto dos líneas que serán idénticas pero con este último campo diferente.


(con los datos consignados en un archivo de texto)

Se trata del mismo formulario donde los últimos campos de suministros en vez de escribirse en el formulario se cargan en un archivo .txt que puede contener hasta 1.000 líneas con la siguiente estructura:

CCAA;Fecha;Importe;Producto:Cantidad;
xx;dd-mm-aa;xxx,xx;x;xxx,xx;

Finalmente la solicitud se enviará tras firmarla sin errores, y en la pantalla siguiente se podrán adjuntar las facturas consignadas desde el enlace superior.


La subida se realizará desde una nueva pantalla en el que el único campo a considerar es el de "referencia", donde simplemente deberán numerarse consecutivamente las facturas a medida que se van enviando (1, 2, 3...). No existe ninguna indicación que diga que no se pueden remitir varias facturas incluidas en un único fichero .pdf.



El plazo de respuesta a esta solicitud es de 6 meses y el estado de la misma también puede consultarse online.


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